|
El Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación (MAPA) podrá establecer
límites de los rendimientos agronómicos
del viñedo, expresado en hectolitros por hectárea,
para el acceso de los productores a algunas ayudas comunitarias
para el sector vitivinícola.
Así queda recogido en
el artículo 41 titulado "Limitación
de las ayudas comunitarias" del Real Decreto 373/
2003, de 28 de marzo, de medidas urgentes en el sector
vitivinícola, que publica ayer, día 10,
el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que entrará
en vigor mañana.
Esta medida, conforme al reglamento
comunitario, se podrá aplicar para limitar el
acceso a ayudas para la reestructuración y reconversión
de viñedo, ayuda al almacenamiento privado de
vinos y mostos, ayudas a la destilación y ayudas
a la utilización de mostos de uva concentrados
y mostos de uva concentrados rectificados para aumentar
el grado alcohólico de los productos vitivinícolas.
Cuando la situación coyuntural
del mercado lo requiera, el MAPA regulará, para
esa campaña, las condiciones mínimas para
el acceso a las anteriores medidas.
Respecto a los rendimientos,
para cada viticultor se considerará el mayor
de las tres últimas campañas disponibles
de los que figuran en las declaraciones de cosecha o
las declaraciones de origen y destino de las producciones,
expresadas en quintales métricos por hectárea.
Para cada productor de vino serán
el mayor de las tres últimas campañas
disponibles de los que figuran en las declaraciones
de producción, expresadas en hectolitros por
hectárea.
El límite de rendimientos
se podrá fijar o en el nivel nacional o en el
provincial, dependiendo de la medida que se pretenda
regular y teniendo en cuenta las diferentes estructuras
productivas existentes en las distintas regiones españolas.
Por otro lado, en el Real Decreto
se establece la creación del Comité Técnico
para la Promoción de los Vinos de España,
que tendrá carácter consultivo.
Estará formado por un
presidente, que será el secretario general de
Agricultura y Alimentación; y un vicepresidente,
que será el director general de Alimentación.
Los vocales serán el subdirector
general de Promoción Alimentaria del MAPA, el
subdirector general de Vitvinicultura del MAPA, un representante
del Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX),
un representante de las Comunidades Autónomas
-designado por la Conferencia Sectorial-, dos representantes
del sector vitícola y otros dos del vinícola.
Los representantes del sector
vitivinícola serán designados por el secretario
general de Agricultura a propuesta de las organizaciones
económicas y sociales del sector.
Respecto a la financiación
de este Comité, la norma detalla que será
atendido con los medios personales y materiales del
MAPA y su creación no supondrá incremento
del gasto público.
En esta norma también
se modifican los reales decretos que regulan el potencial
de producción vitícola, por un lado, y
las declaraciones de existencias, cosecha de uva y producciones
del sector vitivinícola.
Agricultura, en colaboración
y coordinación con las Comunidades, instrumentará
una línea de ayudas para la formación
de gestores y directivos de cooperativas e industrias
del sector vitivinícola, dentro del Plan Nacional
Coordinado.
|