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La nueva Ley del Vino, que sustituirá
la reglamentación vigente hasta ahora, está
preparada para su aprobación en Consejo de Ministros
y ha superado el trámite previo del Consejo de
Estado, cuyo dictamen ha sido favorable, según
ha afirmado el subsecretario del MAPA, Manuel Lamela,
en la jornada que, sobre la Economía del Vino
ha organizado la Federación Española del
Vino (FEV) y el Instituto de Estudios Económicos
(IEE). Una vez aprobada la ley por el Consejo de Ministros,
la norma pasará a ser debatida en el Parlamento.
Lamela ha señalado durante
su intervención en la clausura de la jornada
que el sector español ha captado, durante las
campañas 2000/2001 y 2001/2002, 361 millones
de euros de los 786 destinados a la reestructuración
de todo el viñedo europeo, es decir un 46% de
dicho total, cuando la superficie del viñedo
español es sólo del 33,5% del viñedo
total comunitario y producimos sólo el 24,5%
del total de vino europeo. Y esto supone, sin ninguna
duda, una aportación fundamental para que la
viticultura española se sitúe en una posición
ventajosa de cara a adecuarse a la demanda actual tanto
en el mercado nacional como en el de la Unión
Europea y de los terceros países.
"En la campaña 2000/2001
con los 172 millones de euros recibidos se han reestructurado
31.600 hectáreas y con los 189 millones de la
última campaña, 2001/2002, se van a reestructurar
37.000 hectáreas. Además, la dotación
presupuestaria asignada recientemente a España
para la campaña 2002/2003 es de 157,3 millones
de euros, con lo que se deberá reestructurar
una superficie de viñedo superior a 28.817 hectáreas.
Si se sigue este ritmo de reestructuración durante
cinco años se habrán reestructurado en
España más de 150.000 hectáreas,
es decir, por encima del 13% del viñedo español.
Una cifra de tal magnitud supondrá, sin duda,
un cambio sustancial en el viñedo español",
manifestó el subsecretario. "Otra cifra
interesante", señaló Lamela, "es
el gasto comunitario destinado a las restituciones a
la exportación. España consume el 61%
de los fondos comunitarios destinados a esta medida,
la cual constituye un estímulo a la exportación
de vino de mesa".
ASPECTOS BÁSICOS
DE LA NUEVA LEY
CONSIDERACIÓN
DEL VINO COMO ALIMENTO
El Proyecto apuesta por la consideración
del vino como alimento, manteniendo la orientación
normativa de prohibir con carácter general el
aumento artificial de la graduación alcohólica
natural de uva, mostos y vinos, si bien se prevé
la posibilidad de autorizarlo en determinadas circunstancias,
mediante el empleo de mosto concentrado o mosto concentrado
rectificado, ambos productos derivados de la uva, y
prohibiendo expresamente la adición de sacarosa,
todo ello en el marco de la normativa comunitaria vigente.
ARMONIZACIÓN DE
DISTINTAS MENCIONES TRADICIONALES
La Ley armoniza el empleo de
menciones tradicionales asociadas a métodos especiales
de elaboración y envejecimiento de los vinos
(crianza, reserva, gran reserva...) de modo que no haya
confusión en el consumidor ni competencia desleal
entre los elaboradores.
VITICULTURA: DESARROLLO
DE OCM ENFOCADO A CALIDAD
En cuanto a la viticultura, se
configuran normas en desarrollo de lo dispuesto en la
OCM del sector sobre el potencial vitícola, con
el objetivo de configurar una viticultura orientada
a la obtención de productos de calidad.
VARIOS NIVELES DIFERENCIADOS
DE PROTECCIÓN
La Ley configura un nuevo sistema
de protección del origen y la calidad de los
vinos, con varios niveles diferenciados. La Ley 25/1970
estableció un sistema de protección basado
en la figura de las denominaciones de origen, que ha
contribuido de modo decisivo a prestigiar los vinos
españoles.
ADEMÁS DE V.C.P.R.D.
VINOS DE MESA CON INDICACIÓN GEOGRÁFICA
(VINOS DE LA TIERRA)
Sin embargo, la aparición
de nuevas figuras de protección vinculadas a
la regulación de los vinos de calidad producidos
en regiones determinadas (vinos de calidad con indicación
geográfica, vinos de D.O, vinos de D.O. calificada
y vinos de pago) aconseja establecer un nuevo sistema
de niveles, incluidos los vinos de mesa con indicación
geográfica (vinos de la tierra) en línea
con las orientaciones internacionales, que asegure a
los operadores la competitividad de sus vinos y una
concurrencia leal en el mercado.
SEPARACIÓN DE
GESTIÓN Y CONTROL
Para los distintos sistemas de
protección se configura el principio de separación
de la gestión y el control de su uso; y admite
diferentes formas jurídicas respecto a los organismos
encargados del control y de la gestión.
CAMBIO DE STATUS DE CONSEJOS
REGULADORES: PERSONALIDAD JURÍDICA PROPIA Y RÉGIMEN
DE DERECHO PRIVADO
En la nueva Ley se sigue contemplando
que la gestión de las denominaciones de origen
corresponde a los Consejos Reguladores, los cuales deben
pasar de su actual status (órganos desconcentrados
de la Administración) a tener personalidad jurídica
propia y actuar en régimen de derecho privado.
Sus funciones serán las de mejorar la calidad,
proponer variaciones en la delimitación de la
zona de producción, establecer los rendimientos
máximos, definir normas de elaboración
y cosecha, estudio y promoción de mercados, etc.
CRITERIOS DE REPRESENTATIVIDAD
ECONOMICA
La nueva Ley orienta la composición
de los Consejos Reguladores, introduciendo criterios
de representatividad económica; en todo caso,
se consagra la paridad en la representación de
los diferentes intereses presentes. Todo ello en línea
de incidir en el fomento de organizaciones interprofesionales.
RÉGIMEN SANCIONADOR
También se recoge en el
texto legal, con carácter básico, al amparo
del citado artículo 149.1.13ª, el régimen
sancionador aplicable a las infracciones administrativas
en materia de vitivinicultura y de Denominaciones de
Origen de vinos, que necesariamente debe establecerse
en una norma de rango de ley, en cumplimiento del principio
de legalidad recogido en la Constitución. Dicho
régimen es acorde con las exigencias de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
MARCO COMUN PARA TODO
EL ESTADO: ARTÍCULOS DE APLICACIÓN GENERAL
RESPETANDO DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS
Como resumen se pretende establecer
un marco común para todo el Estado, que evite
distorsiones territoriales, y que permita una concurrencia
competitiva leal entre los productores e industriales
de las distintas Comunidades Autónomas. Por ello
habrá artículos de carácter básico
y de aplicación general, los cuales en todo caso
deberán estar perfectamente justificados, respetando
la actual distribución de competencias.
Debe además tenerse en
cuenta que en el Anteproyecto de Ley se han tenido en
cuenta las conclusiones, aprobadas por unanimidad por
el Congreso de los Diputados en su sesión de
19 de febrero de 1998, sobre las reformas necesarias
para modernizar el sector vitivinícola español
y garantizar su viabilidad futura.
Por otra parte, y para contar
lo antes posible con un instrumento que facilite el
asesoramiento y coordinación entre las distintas
instancias administrativas y económicas que operan
en el sector, se aprobará próximamente
un Orden por la que se crea el Consejo Español
de Vitivinicultura, con la participación de la
Administración General del Estado, de las Comunidades
Autónomas, de los Consejos Reguladores, de las
Organizaciones Profesionales más representativas
y de las distintas Asociaciones relacionadas con la
producción vitivinícola.
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